AUTO CONSTITUCIONAL 0316/2015-RCA
Fecha: 24-Nov-2015
I.5. Síntesis de la impugnación
Por memorial de 30 de octubre de 2015, cursante de fs. 842 a 844., los accionantes impugnaron la Resolución del Tribunal de garantías, argumentando que por Auto 161/2015, en cumplimiento al AC 0082/2015-RCA, se admitió la acción de amparo constitucional señalando día y hora de audiencia, mismo con el que nunca fue notificado; no obstante, haber consignado como domicilio procesal su correo electrónico, aspecto que puede ser demostrado objetivamente; sin embargo, el personal recluyó verificar en el sistema correos enviados, vulnerando de esta manera su derecho al debido proceso y a la defensa, desarrollando en lo que considera pertinente las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1840/2012 de 12 de octubre y 0169/2007-R de 21 de marzo, pidiendo finalmente que, el fallo emitido sea revisado.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- Fragmento 8
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- improcedente