SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1068/2015-S3
Fecha: 03-Nov-2015
a)
La parte accionante, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de acción de libertad, y ampliando los mismos, indicó que: a) La Resolución 84/2014, dictada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, incurrió en incongruencia cuando lo que correspondía era reparar los agravios señalados y modificar la medida cautelar que fue demasiado gravosa, siendo que las autoridades demandadas incidieron en el vicio de incongruencia en la parte de fundamentaciones; y, b) La referida Sala, admitió el recurso de apelación y confirmó la Resolución impugnada, considerando que estaría con detención domiciliaria ocho meses, solicitó se repare el daño y se le aplique medidas sustitutivas.