SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1080/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1080/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

a)

Sandro Iván Quezada Hinojosa, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, en audiencia señaló que: a) Evidentemente el 15 de mayo de 2015, se realizó la audiencia de cesación a la detención preventiva, en la cual la parte ahora accionante a través de su defensa técnica interpuso recurso de apelación incidental contra la Resolución que rechazó dicha solicitud; b) Se debe tomar en cuenta que al no haber estado presente en audiencia el Ministerio Público y a fin de no causar indefensión al mismo, se notificó con el Auto interlocutorio 466/2015 de 15 de mayo, referente a la cesación de la detención preventiva; dicha notificación fue devuelta a horas 18:30 del 20 del referido mes y año; el 21 de ese mes y año, se dispuso que se convoque a los auxiliares de las Salas Penales Primera y Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro para su respectivo sorteo; sin embargo, los mismos no se presentaron, volviéndoles a convocar para el 22 del mes y año mencionados, tampoco se presentaron para dicho sorteo que ya estaba listo; y, c) Conforme se tiene de la literal que se adjunta en audiencia, la presente causa fue sorteada el 26 del referido mes y año a horas 08:47, encontrándose radicada en la Sala Penal Segunda de dicho Tribunal.