SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1093/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1093/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 26 de mayo de 2014, Cristian Lafuente Brun, ingresó a trabajar como conductor de gerencia en la empresa VICSTAR INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L., bajo la modalidad de contrato indefinido; empero, cuando este informó a los funcionarios de la empresa mencionada, del nacimiento de su hija, con el objeto de recibir los beneficios que le otorga la ley, indicó que empezaron actos de hostigamiento y acoso laboral, y, posterior a ello, el 19 de noviembre del mismo año, lo despidieron mediante un memorándum de agradecimiento de servicios, sin que exista causa justificada ni medie proceso judicial o administrativo interno, sin respetar la estabilidad e inamovilidad laboral del que gozaba por ser progenitor de una menor de menos de un año.

Ante aquel acontecimiento, el 2 de diciembre de igual año, acudió a la Dirección Departamental del Trabajo de Cochabamba, a objeto de exigir su reincorporación; sin embargo, el representante de la empresa señalada, pese a su legal citación, no acudió a la audiencia; por ello, la indicada Dirección Departamental de Trabajo, mediante CONMINATORIA MTPES/JDTCBBA/09/2015 de 9 de febrero, ordenó a la empresa VICSTAR INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L., proceda a la reincorporación inmediata a su fuente laboral, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales en estricto cumplimiento al Decreto Supremo (DS) 0496 en el plazo de 5 días hábiles.