SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1123/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1123/2015-S2

Fecha: 06-Nov-2015

denegó

El Juez de Partido Liquidador y de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, a través de la Resolución 11/2015 de 13 de mayo, cursante de fs. 119 a 122, denegó la tutela solicitada, con base en los siguientes fundamentos: 1) La constitución protege el derecho al trabajo de todo ciudadano, que en el presente caso el accionante no ha establecido de manera clara y objetiva la actividad que desarrolla en predios que se encuentran en controversia, tanto en lo que respecta a la crianza de ganado porcino y a la actividad agrícola, pues no se establece a que título hubiese procedido a la siembra de productos agrícolas; 2) Por una parte se tiene que el accionante hubiera adquirido en compra venta 500 m2 del terreno y por otra refiere que el trabajo lo habría desarrollado desde hace veinte años, habiendo adquirido posesión sobre 3 has, no estableciéndose de manera clara y precisa la vulneración del derecho al trabajo y a la propiedad privada; 3) Estos derechos solo pueden tutelarse por esta vía cuando están consolidados y de acuerdo a lo expresado por las partes, se encuentra en curso el trámite de saneamiento ante el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) y el proceso judicial de despojo, deja entrever la existencia de derechos controvertidos que deben ser resueltos en la vía ordinaria; y, 4) En cuanto al derecho a la dignidad denunciado, solo se puede apreciar su infracción cuando se perturba, amenaza o priva de derechos esenciales o se denigra o humilla a la persona, al no haberse establecido vulneración al derecho al trabajo ni a la propiedad privada, tampoco se advierte vulneración a su dignidad.