SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2015-S2

Fecha: 06-Nov-2015

II.4.

II.4. El 26 de marzo de 2015, los magistrados hoy demandados, pronunciaron la Resolución 76/2015, por la cual, acorde al art. 320 del CPP, dispusieron rechazar in limine la recusación presentada por el ahora accionante, bajo el fundamento que según el art. 28 de la Ley 025 Ley del Órgano Judicial, con relación a la limitación de las recusaciones, establece que es inviable la recusación contra todos los miembros de una Sala Plena (fs. 42 a 43).