SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1135/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1135/2015-S2

Fecha: 10-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A través del art. 1 del Decreto Supremo 24177 de 18 de diciembre de 1995, se dispuso que son bienes afectados al servicio público ferroviario, las vías férreas auxiliares y principales, así como los derechos de vía hasta quince metros a cada lado del eje de vía. Asimismo, por disposición del art. 3 de la citada norma legal, se determinó la transferencia a título gratuito a favor del Estado, de los bienes de propiedad de ENFE, afectados al servicio público ferroviario, sin que hasta el presente se hubiese efectivizado dicha transferencia.

Posteriormente, mediante Ley 2644 de 18 de marzo de 2004, en el art. 1, se dispuso que previa desvinculación y desafectación del tramo ferroviario comprendido entre El Tejar y Ckochis, de conformidad a lo establecido por el    art. 59, atribución séptima de la Constitución Política del Estado, se autoriza a ENFE, efectuar la transferencia a título gratuito, de toda la superficie de terreno por la que atraviesa la línea férrea, incluido el derecho de vía, entre las zonas de El Tejar, Estadio Patria, Barrio Petrolero, Barrio Japón, Khora Khora y Ckochis en favor del municipio de Sucre.

La mencionada norma legal, fue emitida ante la necesidad emergente del crecimiento de la ciudad de Sucre y su requerimiento de mejoramiento de vías, avenidas, servicios básicos y equipamiento, que de ninguna manera interrumpe el servicio de transporte ferroviario que pueda prestar ENFE a favor de los ciudadanos, al estar habilitada la estación de trenes de El Tejar.

Con el objeto de materializar la Ley 2644, las autoridades ejecutivas del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre y representantes de ENFE se reunieron en diversas oportunidades con la intención de efectivizar la transferencia dispuesta por la Ley 2644, remitiéndose varias solicitudes a la Presidencia de ENFE, siendo la última remitida el 23 de abril de 2014, sin que hubiese una respuesta, por lo que la citada ley que continúa siendo incumplida; no obstante,lo único que se pretende es consolidar un derecho que se encuentra constituido porque gran parte de la vía férrea fue desmontada y actualmente está en uso de los habitantes del municipio, restando la firma de un documento de transferencia para realizar los trámites correspondientes en Derechos Reales de Chuquisaca, de tal forma que, la Alcaldía Municipal de Sucre pueda encarar obras en la superficie a ser transferida.