SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2015-S1

Fecha: 06-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue aprehendido, “jalando de los pelos” (sic) por la presunta comisión de los delitos de abuso deshonesto y violación ocurridos hace ocho o diez años atrás, ya que no se especifica en qué fecha supuestamente hubiese cometido los ilícitos endilgados; sin embargo, estas acusaciones solo son respaldadas por las declaraciones de las víctimas sin ningún certificado médico forense, no existen elementos de convicción que ameriten abrir un proceso penal, por lo que, resulta abusiva la emisión del mandamiento de aprehensión con allanamiento en su contra; toda vez, que no cumplió lo dispuesto por el art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP), porque primero debió expedir orden de citación y un señalamiento de audiencia para recibir su declaración informativa, acumular elementos suficientes y recién requerir lo que por ley corresponda.