Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1154/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 16 de abril de 2015, Alcides Ramiro Sillerico -hoy accionante-, solicitó efectivización de salidas médicas y por decreto de 17 de igual mes y año, Ancelma Lafuente Mendoza, Jueza Segunda de Ejecución Penal del departamento de La Paz -ahora demandada-, dispuso que previamente se acompañe prueba para su consideración (fs. 55 a 56).
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Casos de inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
- 1)
- 4º Disponer