SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

a)

El accionante, a través de su abogado en audiencia, se ratificó en la acción de libertad planteada y ampliándola expresó que: a) El demandado ordenó su arresto y en consecuencia dispuso su traslado a la carceleta de esas dependencias policiales; a) Se comunicó con el Fiscal de Materia del lugar, quien le manifestó que no se encontraba en ese lugar, por lo que consecuentemente no existe ninguna orden de aprehensión a su nombre; c) La "Policía" solo puede ordenar el arresto por ocho horas y hasta la realización de la audiencia de consideración de la acción interpuesta transcurrió más de doce; d) La madre de la víctima manifestó que él "no tiene nada que ver, que su hija se suicidó" (sic); y, e) Se presentó por su propia voluntad para informar del hecho; por todo ello solicitó se declare "procedente" la acción de libertad.