SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1199/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1199/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

1)

Luis Esteban Ortiz Flores, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Tarija, mediante informe cursante de fs. 147 a 148 vta., manifestó que: 1) Cumplía una función jurisdiccional y no administrativa, quien realizó las notificaciones fue el personal de apoyo, así como la elaboración del testimonio; 2) No vulneró el art. 405 del CPP, ya que dispuso la notificación a todas las partes; 3) En el estado que se encontraba el proceso, recién demostró el accionante tener preocupación por la falta de notificación con los medios recursivos, siendo su conducta temeraria, demostrando falta de lealtad procesal, ya que sus abogados son los mismos patrocinantes de otro co-imputado; y,        4) Informó al Tribunal de garantías que, el 24 de junio de 2015, se sustanció una acción de amparo constitucional contra las mismas autoridades, bajo los mismos argumentos esgrimidos en la presente acción de libertad.