SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1289/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1289/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de un proceso penal instaurado en su contra por el delito de transporte de sustancias controladas previsto en el art. 55 de la Ley 1008 de 19 de julio de 1988, mediante Sentencia de 6 de abril de 2015, fue condenado a una pena privativa de libertad de ocho años; por lo que, en etapa de ejecución penal y al no encontrarse dentro de las exclusiones para la aplicación del indulto de acuerdo a ley, además apoyado por la jurisprudencia constitucional, el 8 de junio de 2015, tramitó este beneficio previo cumplimiento de todos los requisitos conforme al  art. 4 del Decreto Presidencial 2131 de 14 de noviembre de 2014, habiéndose entregado la carpeta respectiva, a la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario; esta documentación fue devuelta mencionando que “La copia del mandamiento de condena debía ser correctamente legalizada”; empero, de la revisión de la carpeta lo extrañado fue debidamente legalizada el 15 de abril del año referido, tal cual consta en la nota efectuada por “Litzy Garvizu Guizada”, Secretaria-Abogado del Juzgado de Partido Mixto de Sentencia Penal de Capinota.