AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2015-RCA

Fecha: 02-Dic-2015

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Por memorial presentado el 28 de octubre de 2015, cursante de fs. 207 a 218, el accionante refirió que, en la sesión ordinaria del Consejo Universitario de la UAP, realizada el 25 de septiembre de 2015, observó que la instalación de la misma era ilegal al haber concluido el mandato de algunos miembros del referido Consejo, conforme dispone el art. 25 del Estatuto Orgánico de dicha institución, por lo que éstos ya no estaban facultados para ejercer representación de su estamento, habiendo inclusive uno de sus miembros excedido el desempeño de sus funciones por más de los tres meses permitidos por norma para el interinato como autoridad universitaria; así, dichas personas estaban impedidas de participar y ejercer alguna facultad como miembros de ese Consejo en la sesión aludida, en la cual también observó el proyecto de convocatoria para elección de rector y vicerrector al no encontrarse plenamente constituido el Comité Electoral.

Al haberse declarado un cuarto intermedio en dicha sesión, y siendo reinstalada el 30 de septiembre de 2015, aprobaron la convocatoria para claustro universitario mediante Resolución H.C.U. 166/2015, vulnerando los arts. 235.1 y 238.3 de la Constitución Política del Estado (CPE), y el Reglamento Electoral Universitario, a pesar de las observaciones que formuló en la nota cite: ACJyP 55/2015 de 8 de ese mes y año; asimismo, el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana mediante oficio cite: CEUB SEN 001 839/2015 de 19 de igual mes, en respuesta al escrito cite: ACJyP 70/2015 de 14 del mismo mes, señaló que la UAP, es respetuosa de la Ley Fundamental.

Alegó que, el 9 de octubre de 2015, mediante nota cite: ACJyP 59/2015, ratificó sus observaciones al Rector de la UAP, pero fueron rechazadas por oficio cite: RECTORADO UAP 347/2015 de 15 de ese mes; y, a efecto de acopiar mayor documentación respecto a la participación de algunos miembros del Consejo Universitario en la sesión aludida, pidió en cuatro oportunidades a la Secretaria General de esa Universidad, se complemente y certifique la documentación de los mismos, mas dichas solicitudes no merecieron respuesta.