AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2015-RCA

Fecha: 02-Dic-2015

a)

La línea jurisprudencial citada, estableció que la tutela de derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional frente a vías de hecho, tiene tres finalidades esenciales: a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia; y, c) Cuando una persona haya sido objeto de vulneración de sus derechos por esta vía o medida de hecho, o justicia por mano propia, puede acudir directamente a la acción de amparo constitucional, prescindiendo del principio de subsidiariedad, más cuando uno de ellos es el derecho a la vivienda por tratarse de un lugar digno para vivir, y no simplemente de un techo para estar o para dormir; sino que es una condición esencial para la supervivencia y para llevar una vida segura, digna, autónoma e independiente; vale decir es un presupuesto básico para la concreción de otros derechos fundamentales, entre ellos, la vida, la salud, el agua potable, servicios básicos y trabajo.