AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2015-RCA

Fecha: 02-Dic-2015

i)

Los accionantes manifestaron que; i) Ante el abuso arbitrario de las personas demandadas, quienes habrían emitido un segundo voto resolutivo indicando que sus personas tienen hasta el 18 de octubre de 2015, para desalojar la Comunidad Campesina de “Sudamericano” distrito 4 del municipio de San Andrés, provincia Marbán del departamento del Beni, inclusive con ayuda de la fuerza pública; al amparo del art. 51 del CPCo, comunican estar ante un inminente daño, debido a que no pueden acudir a cualquier otra vía; porque, resultaría tardía; ii) Los integrantes del Tribunal de garantías en la Resolución impugnada, hacen una inadecuada interpretación, puesto que ya se entregó el título ejecutorial, por lo tanto el INRA no tendría jurisdicción; además, se los remitió a la jurisdicción agroambiental y penal por avasallamiento, actos procesales que se deben acomodar a lo previsto por las normas adjetivas penales, situación que les demandaría tiempo y recursos económicos que no poseen; iii) Esta vía constitucional es más inmediata en su cumplimiento; por consiguiente, no tienen otra alternativa para proteger sus derechos; iv) Finalmente solicitaron la remisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional a objeto de dejar sin efecto la Resolución impugnada y se admita la acción presentada.