AUTO CONSTITUCIONAL 0344/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0344/2015-RCA

Fecha: 18-Dic-2015

I.

El accionante refiere que, el Tribunal de garantías, efectúo una inadecuada compulsa de la acción planteada, pues considera que agotó todos los recursos previstos por ley, pues hasta la presentación de la demanda no se había iniciado el juicio oral, no habiéndose instalado hasta la fecha, y los actos reclamados bien pudieron ser subsanados por la demandada; empero, la misma se mantuvo firme en la negativa de aplicar el art. 340 del CPP, y la falta de notificación de la acusación particular. Por lo que contrariamente a lo afirmado por el Tribunal de garantías, sí agoto la vía ordinaria, más aun tomando en cuenta que su reclamo fue efectuado en la etapa preparatoria del juicio a efectos de que el mismo se instale sin defectos.