Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0433/2015-CA
Fecha: 21-Dic-2015
Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz
En consulta la Resolución 615/15 de 1 de diciembre de 2015, cursante de fs. 40 a 41, pronunciada por la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Wilfredo Mamani Mamani, demandando la inconstitucionalidad del art. 315.III del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por el art. 8 de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal -Ley 586 de 30 de cwe octubre de 2014- por ser presuntamente contrario a los arts. 46, 47, 115.II, 116.I, 117.I, 119.II, 178 y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3.
- RATIFICAR