Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-ECA
Fecha: 30-Dic-2015
NO HA LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 13 del Código Procesal Constitucional, resuelve: NO HA LUGAR a la solicitud de complementación y enmienda interpuesta por Carlos Emilio Alvis Vargas y Leonardo Rojas Obando.