SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2015-S1

Fecha: 28-Dic-2015

a)

Pidió se le conceda la tutela solicitada y se disponga que: a) El Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Tarija envié el cuaderno de autos que cursa en su poder, donde se encuentra la prueba ofrecida por su defensa en la audiencia de cesación a la detención preventiva de 29 de mayo de 2015, la cual no fue valorada por las autoridades ahora demandadas; y, b) Se deje sin efecto el Auto de Vista 93/2015 de 3 de julio, y pronuncien un nuevo fallo, respetando la debida fundamentación, sobre cada uno de los elementos probatorios  aportados en correcta interpretación de los arts. 221, 234.11, 235.1, 2, 3 y 5 del CPP, ajustando su decisión a la jurisprudencia vinculante por imperio del art. 203 de la CPE.

Consecuentemente, son los presupuestos para su activación los siguientes: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física, como a la libertad de locomoción; c) Acto u omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida; es decir, se constituye en aquel medio de defensa extraordinario, preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física, locomoción y a la vida.