Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1307/2015-S1
Fecha: 28-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El impetrante de tutela alegó que se vulneraron sus derechos al haber sido retenido injustamente por más de cuarenta y cinco minutos en inmediaciones de la Plaza Murillo por Maricruz Flores y dos efectivos policiales bajo el argumento de que al estar con detención domiciliaria no podía estar caminando por la calle; sin embargo, indicó tener permiso para poder cumplir actividades laborales según Resolución emitida por el Juez que conoce el proceso penal que se instauró en su contra; por lo que, su detención fue arbitraria e ilegal
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, sus características: de generalidad, inmediación, inmediatez e informalismo en la tutela
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria
- 1.
- 2.
- 4.
- 5.
- ii)
- la persona aprehendida ya no podrá acudir de manera paralela con su reclamo ante la justicia constitucional a través de la acción de libertad, sino sólo cuando la autoridad jurisdiccional de turno no hubiere reparado la supuesta lesión denunciada por el imputadoʼ”
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad,
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- REVOCAR