SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2015-S1

Fecha: 28-Dic-2015

i)

Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza de Instrucción Primera de Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de La Paz, mediante informe escrito de 12 de agosto de 2015, cursante de fs. 20 a 21, refirió que: i) El 31 de julio del mencionado año, en audiencia de consideración de medidas cautelares se dictó Resolución 445/2015 de la misma fecha, en la que se dispuso la detención preventiva del accionante, la cual no fue recurrida en audiencia; ii) La apelación a la Resolución 445/2015, fue presentada el 3 de agosto del referido año, cumpliéndose con las notificaciones el 7 de igual mes y año; posteriormente, el 10 y el 11 del mes y año aludido, se encontraba con baja médica; por lo que, fue enviada la última fecha indicada precedentemente; y, iii) Remitido la citada apelación, no corresponde la admisión de la presente acción de libertad.

Posteriormente la Jueza demandada, en audiencia refirió que: La parte accionante en su memorial de la presente acción reclamó dos puntos, el primero la Resolución de aprehensión, por falta de fundamentación y el segundo la remisión fuera de plazo de la apelación; empero, en ningún momento reclamó el fondo de la audiencia de detención preventiva, dejándola en indefensión, ya que sólo presentó el informe en base a los dos puntos reclamados en su memorial y no así sobre el tercer punto referido precedentemente.