SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2015-S1

Fecha: 28-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso de reivindicación seguido en contra de sus personas, se emitió el Auto Superior SII-09/2014 de 17 de junio, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y de Familia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, la cual declaró probada la demanda aclarando que no se encontró similitud en la identidad de quien firma la venta del inmueble a David Aramayo Carballo con relación al testimonio de división y partición suscrita con los demandados en el proceso ordinario, por tratarse de una prueba tasada; es así, que consideran que el Auto mencionado precedentemente vulnera sus derechos al debido proceso. Asimismo, afirman que el Tribunal de garantías puede pronunciarse respecto a la valoración de la prueba en caso de que las mismas no hubieren sido debidamente valoradas, en este particular los demandados, al dejar de lado el testimonio de división y partición incurrieron en arbitrariedad probatoria, debido a que de forma forzada solo tomaron en cuenta partes específicas de la documental que iban encaminadas a favorecer a su contraparte en la causa ordinaria. También sustentan que la resolución citada anteriormente, carece de motivación; habida cuenta que, esgrimió el mismo argumento señalando que el testimonio referido no es oponible al demandante.