SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1338/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1338/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Juntamente con sus mandantes, son legítimos propietarios de una serie de lotes de terrenos situados en la Urbanización “San Jacinto” ubicado en la zona de Chomboco del municipio de Sacaba, provincia Chapare del departamento de Cochabamba, derecho propietario debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.); en consecuencia, oponible a terceros; pese a ello, el señor Maximiliano Montaño Corrales -ahora demandado- juntamente con más de treinta personas, de forma sistemática valiéndose de la fuerza y en forma ilegal, arbitraria y abusiva, armados de palos, piedras, objetos contundentes y punzo cortantes, ingresaron, allanaron e invadieron sus propiedades, expulsando e impidiendo que el albañil contratado por los accionantes realice la construcción de muros perimetrales y habitaciones; habiendo realizado plantaciones y construcciones clandestinas y destrozando las ya establecidas, extremos que fueron denunciados ante el representante del Ministerio Público; que conforme la SCP “0998/2012”, el derecho a la propiedad es un derecho fundamental que tiene como elementos esenciales, el derecho al uso, al goce y disfrute del bien, y que a raíz de ello se generan obligaciones tanto para el Estado como para los particulares que consisten básicamente en la prohibición de privación y de limitación arbitraria de la propiedad; que las acciones de avasallamiento realizadas a la cabeza del demandado, afectan y restringen su derecho a la propiedad en sus elementos de uso y disfrute, ya que impiden la realización de trabajos de construcción con la finalidad de despojarlos de manera definitiva de sus lotes de terrenos. Recurren a la justicia constitucional para obtener una tutela pronta y oportuna y que no es exigible la subsidiariedad debido al perjuicio irremediable e irreparable que sufren, el cual no podrá ser reparado por otro medio ordinario, ya que podría resultar ineficaz y tardío.