SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

denegó

El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 023/2015 de 13 de agosto, cursante de fs. 46 a 47 vta., por la que denegó la tutela, en base a los siguientes fundamentos: 1) El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su reiterada jurisprudencia, estableció que el juez de instrucción en lo penal, es la autoridad jurisdiccional encargada de ejercer el control del respeto de los derechos y garantías consagrados en la CPE, invocando las SSCC 0900/2010-R de 10 de agosto y 1739/2011-R de 7 de noviembre, referidas a la celeridad procesal; 2) Ante las vulneraciones del derecho a la libertad en cualquiera de sus formas, es el Juez cautelar, el competente para ejercer el control jurisdiccional desde el acto inicial hasta su conclusión en la etapa preparatoria; y, 3) La detención preventiva, no tiene por finalidad la condena prematura al imputado, por cuanto la presunción de inocencia solo será desvirtuada ante un fallo condenatorio con calidad de cosa juzgada; por ello, su imposición como medida precautoria está sujeta a reglas como también su cesación. Por las razones expuestas, no es viable conceder la tutela de acción de libertad.