Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
II.5.
II.5. Por memorial de 4 de agosto de 2015, Carlos Alberto Guardia de la Oliva, solicitó a la Jueza Segunda de Ejecución Penal del departamento de La Paz, salidas médicas a distintos centros especializados como ser al Instituto Nacional de Oftalmología y el Servicio de Cardiología del Instituto Nacional del Tórax, a objeto de recibir atención especializada por las afecciones de salud que padece (fs. 41 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la protección del derecho a la vida y a la salud a través de la acción de libertad
- y ampliando su núcleo esencial y otorgando un paraguas más amplio, protegiendo el derecho a la vida, siempre y cuando ésta esté relacionada con el derecho a la libertad…
- Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física
- la privación de libertad por causas legales, no necesariamente lleva implícita en su naturaleza la supresión de otros derechos fundamentales tales como a la vida, a la salud y otros que establece la Norma Suprema, mismos que si bien, por la esencia misma de la privación de libertad, pueden verse disminuidos en su ejercicio, no pueden por ningún motivo ser suprimidos,
- III.
- CONFIRMAR en todo