SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1415/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de sus abogados, en audiencia a tiempo de ratificar los fundamentos de su demanda de acción de libertad, en audiencia dijo que una vez que se presentó el memorial de apersonamiento del nuevo representante legal de EMMPSA, la Jueza mediante proveído de 21 de mayo de 2015, admitió la misma; posteriormente, por memorial de 2 de junio del año señalado el nuevo representante legal Paul Miki Cárdenas Huanca, con la personería admitida presentó la revocatoria del Testimonio de Poder 355/2015 de 2 de junio, con cuya prueba solicitó expresamente a la señora Jueza excluya del proceso laboral al ahora accionante y disponer se libre mandamiento de libertad; sin embargo, no obstante de admitir la nueva personería y haber acompañado el testimonio de revocatoria de poder la Jueza negó la libertad de Francioly Oña Abrego.