SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1455/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1455/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

I.2.1.  Ratificación y ampliación de la acción

En respuesta a lo señalado por la parte demandada, manifestó en cuanto al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, que el Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010 que modificó el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 en su artículo único numeral 4 establece que, la conminatoria es obligatoria en su cumplimiento y que únicamente será impugnada vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de la misma; el numeral 5 sostiene que el trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan y así también lo establece la jurisprudencia constitucional emitida al efecto, entre ellas las Sentencias Constitucionales Plurinacionales “0138/2012, 0177/2012 y 1262/2013”, razón por la cual y en este tipo de casos se prescinde del referido principio.