SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1469/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
II.3.
II.3. Del informe prestado en audiencia por las autoridades demandas (fs.11 vta. a 12) y de lo señalado al respecto en la resolución emitida por el Tribunal de garantías, se tiene que debido a la inasistencia del imputado Gonzalo Pérez Rojas a diferentes actuados procesales, éste fue declarado rebelde, y que evidentemente mediante resolución de 25 de marzo de 2015 ante su pedido de dejar sin efecto su rebeldía y el mandamiento de aprehensión, se le indicó que debía apersonarse ente el Tribunal de forma personal, portando fotocopia de su cedula de identidad, para por ante Secretaria suscribir el acta de comparecencia. Posteriormente, por memorial de 16 de julio de 2015 (referido en el acápite que antecede) realizó similar petición, la que fue rechazada por decreto de 17 de julio de 2015 en tanto no de cabal cumplimiento a lo dispuesto por resolución de 25 de marzo de 2015 (fs. 12 vta. a 13).