Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0020/2015-RCA
Fecha: 02-Feb-2015
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante considera vulnerados sus derechos al debido proceso, a la petición, a la defensa, al trabajo,a la carrera administrativa y a la estabilidad laboral, además,de una adecuada motivación y fundamentación que deben contener las resoluciones,citando al efecto los arts. 24, 46.II, 48,115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).