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    AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2015-CA

    Fecha: 04-Feb-2015

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    • Sala Disciplinaria del Concejo de Magistratura
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • el legislador goza de potestad para prohibir conductas que estimen dañinas para el conglomerado social, así como para fijar las sanciones correspondientes, pero ha aclarado igualmente que tal facultad viene acotada por los principios de proporcionalidad y razonabilidad”
    • rechazó
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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