AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2015-CA
Fecha: 06-Feb-2015
Juez Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz
En consulta la Resolución 135/2014 de 30 de diciembre, cursante de fs. 78 a 81 vta., pronunciada por el Juez Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Esther Machaca Maldonado, Jueza Tercera del Trabajo y Seguridad Social del mismo departamento, demandando la inconstitucionalidad de los “arts. 71.1, 63 al 79, 61 y 65” (sic) del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental, aprobado por Acuerdo 75/2013 de 23 de abril, pronunciado por la Sala Plena del Consejo de la Magistratura, por ser presuntamente contrarios a los arts. 1, 13, 109.I, 115, 116.I, 117.I, 119, 120.I, y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Juez Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR