Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados, manifestamos nuestro desacuerdo con los fundamentos contenidos en la SCP 0010/2015 de 20 de febrero, conforme los siguientes razonamientos jurídicos:
Fecha: 20-Feb-2015
II.
La SCP 0010/2015, establece la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad concreta, sobre el control normativo demandado por los Magistrados del Tribunal Agroambiental respecto al art. 110 inc. f) del DS 29894, que fue admitido por la Comisión de Admisión de este Tribunal, a través del AC 0178-2014-CA de 11 de junio.
- Interpuesto por
- II.
- interponer demanda contencioso administrativas y de nulidad de títulos ejecutoriales,
- se hayan denunciado presupuestos fáctico-circunstanciales idénticos a los plasmados en una ulterior acción de inconstitucionalidad
- debió ingresarse a analizar el fondo de la problemática planteada, examinando los cargos de inconstitucionalidad que fueron presentados por los Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, y por ende realizar el test de constitucionalidad respecto al plazo para interponer el proceso contencioso administrativo y establecer desde cuándo debe computarse dicho plazo