Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados, manifestamos nuestro desacuerdo con los fundamentos contenidos en la SCP 0010/2015 de 20 de febrero, conforme los siguientes razonamientos jurídicos:
Fecha: 20-Feb-2015
Interpuesto por
Interpuesto por: Juan Ricardo Soto Butrón y Gabriela Cinthia Armijo Paz, Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Final Vigésima del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, y el inc. f) del art. 110 del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 9.2, 115.II y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Interpuesto por
- II.
- interponer demanda contencioso administrativas y de nulidad de títulos ejecutoriales,
- se hayan denunciado presupuestos fáctico-circunstanciales idénticos a los plasmados en una ulterior acción de inconstitucionalidad
- debió ingresarse a analizar el fondo de la problemática planteada, examinando los cargos de inconstitucionalidad que fueron presentados por los Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, y por ende realizar el test de constitucionalidad respecto al plazo para interponer el proceso contencioso administrativo y establecer desde cuándo debe computarse dicho plazo