Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
II.1.
II.1. Memorial de 14 de marzo de 2014, por el cual el accionante invocando incidente de actividad procesal defectuosa, pide poner en conocimiento de la supuesta víctima, la acusación del Ministerio Público, para no lesionar sus derechos y se deje sin efecto las notificaciones realizadas a los imputados (fs. 2 a 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III.1.
- III.2.Procesamiento indebido: Requisitos procesales para su tutela a través de la acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR