SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de diciembre de 2011, suscribió un contrato de arrendamiento con Aurora Olivia Cabrera Ledezma de Gutiérrez, por el plazo de un año calendario, entregando en garantía la suma de $us460,00.- (cuatrocientos sesenta dólares estadounidenses), conviviendo de forma tranquila los primeros cinco meses; sin embargo, de improvisto su arrendadora le solicitó la desocupación del bien, llenándolo de amenazas e insultos al punto de agredirlo físicamente, propalando en su contra calumnias e injurias por todo el barrio, por lo que acudió al Distrito Policial “Los Lotes”, sentando denuncia por el delito de amenazas.

Refiere que, tras apersonarse a Derechos Reales (DD.RR.), para conocer el estado del inmueble, se enteró que el mismo no se encontraba a nombre de su arrendadora, por lo que amplió su denuncia por los delitos de estafa y estelionato, lo que motivó a que la denunciada -hoy demandada-, le privara de sus enseres personales, cambiando los candados del inmueble, dejándolo fuera del bien por casi dos meses, razón por la cual inició un proceso interdicto de recobrar la posesión que tuvo un resultado adverso para su persona.

Indica que, canceló regularmente el importe de los servicios de agua potable y energía eléctrica, cuyas facturas salen a nombre de Jorge Telchi Orellana; sin embargo, el 7 de enero de 2014, la supuesta propietaria -ahora demandada- de forma prepotente le indicó que no requería de ninguna orden para sacarlo a “patadas”, pretendiendo cortar la verja del inmueble; al día siguiente se le cortó el suministro de agua potable y según lo manifestó la Cooperativa de agua “El Paraíso” Ltda., fue la dueña quien exigió dicho corte sin considerar que su persona cancelaba el servicio, razón por la cual espera que la dueña le devuelva la garantía, así como le resarza los daños y perjuicios ocasionados.