Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2015-S3
Fecha: 02-Feb-2015
II.2.
II.2. Por contrato de 28 de diciembre de 2011, Aurora Olivia Cabrera Ledezma de Gutiérrez -ahora codemandada- otorgó en calidad de arrendamiento el inmueble ubicado en el “Barrio El Paraíso Uv. 131, Mza. 38, Calle Frutilla Esq. Orquídea N° 27 s/n” (sic), a favor de Jorge Cristian Pinto Castedo -hoy accionante-, acordando en su cláusula tercera que el tiempo de duración del contrato seria de un año (fs. 9 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la comisión de
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR