SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

a)

El accionante, a través de su abogado, ratificó in extenso el contenido de su acción de libertad, y ampliando la misma refirió lo siguiente: a) Existe una resolución de aprehensión de 28 de abril de 2014, emitida de manera ilegal, carente de fundamentación, objetividad y razonabilidad, que constituye un atentado contra la libertad de su defendido; b) La “Sentencia Constitucional 1215/2012-R” (sic), establece que este medio de defensa, ante la falta de fundamentación e inadecuada valoración probatoria que ha sido omitida en la resolución de aprehensión, el fiscal actuó inobservando la normativa vigente, vulnerando el derecho a la libertad, el principio pro homine y de favorabilidad, respeto y derechos fundamentales; c) Le causa extrañeza la falta de documentación en el cuaderno de investigación; toda vez, que el 27 de mayo de 2014, Carina Zambrana, presentó al Fiscal Materia, un memorial solicitando se pronuncie sobre el mandamiento de aprehensión “porque los querellantes días antes ya tenían conocimiento de dicho mandamiento” (sic), de manera que habría vulnerado el derecho a la libertad de su defendido al encontrarse ilegalmente perseguido; d) Que no se han cumplido los requisitos establecidos en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y se lo ha confundido con el art. 234 del mismo compilado legal; y, e) La resolución de aprehensión carece de debida fundamentación, por lo que solicita se restablezca los derechos conculcados, se declare la ilegalidad y nulidad de la Resolución Fundamentada de Aprehensión como del mandamiento de allanamiento de domicilio para lograr la referida aprehensión y el cese de la persecución.