SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2015-S1

Fecha: 11-Feb-2015

concedió

Mediante Resolución 3/2014 de 25 de junio, cursante de fs. 92 a 94 vta., el Juez Sexto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada, resuelva la segunda recusación observada en el término de veinticuatro horas, cumpliendo las exigencias procesales pertinentes, contenidas para el efecto en el Código de Procedimiento Penal de acuerdo a los siguientes fundamentos: i) Se colige no haberse cumplido con las reglas de la verdad formal y legal, violentando los derechos reclamados así como el procedimiento a seguir en estricta sujeción a los términos de los principios procesales y constitucionales; y, en atención a no haberse resuelto la segunda recusación interpuesta contra el Juez demandado, se dejó en incertidumbre a la parte accionante, sin saber cual el resultado para efectuar su defensa; y, ii) Que el señalamiento de la audiencia de consideración de medidas cautelares y la eventual aplicación de una detención preventiva se constituye en inminente peligro para la libertad de locomoción de la accionante; por lo que, al no haberse resuelto la segunda recusación, el acto se constituye en ilegal y vulneratorio de los derechos de la demandante ya que si bien, la detención aún no se ha producido, puede presumirse que es inminente.