SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2015-S3

Fecha: 19-Feb-2015

Fragmento 7

           En una acción tutelar similar a la presente, en la que se pidió la materialización de la protección constitucional al padre progenitor de una hija o hijo menor de un año de edad, la SCP 0621/2014 de 25 de marzo, que cita a la SCP 272/2012 de 4 de junio, señaló que: “'…queda claro que la mujer en estado de gestación o lactancia, no puede ser removida de su puesto de trabajo hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad; previsión constitucional que versa sobre la protección de la maternidad por parte del Estado, que es extensible al progenitor varón a efectos de precautelar el derecho a la vida, la salud y a la seguridad social, tanto de la madre como del recién nacido desde el momento de su concepción…”' (las negrillas son nuestras); concluyéndose, en el citado caso que “…es prioritario la concesión de la tutela a los padres trabajadores sea a la mujer embarazada o lactante hasta el año de edad del hijo o hija o al progenitor, precautelando los derechos de carácter primario como son la salud, vida y seguridad social que pudieran ser vulnerados de forma irreparable e irremediable”.