SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

III.4. Análisis del caso concreto

Los accionantes, alegaron haber sido aprehendidos en forma arbitraria e ilegal, por disposición del Fiscal de Materia -ahora demandado-; sin embargo, nunca se demostró que hubieran cometido los ilícitos denunciados; además, no fueron  sorprendidos en flagrancia ni se dieron a la fuga y tampoco Mónica Valeria Cossio Rojas se encontraba como demandada en el proceso penal.

Conforme la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando los hechos supuestamente vulneratorios de derechos, se producen durante el inicio de la investigación, la parte afectada puede acudir directamente ante el Juez de Instrucción en lo Penal, para que éste en conocimiento de tal denuncia, defina su situación jurídica; en ese sentido, los accionantes debieron acudir ante la referida autoridad jurisdiccional, para que la misma se pronuncie sobre la legalidad o ilegalidad de su arresto o aprehensión, ordenando lo que en derecho corresponda; y solo en caso, de no repararse la supuesta lesión, recién deberá activarse la acción de libertad.