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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2015-S2

    Fecha: 25-Feb-2015

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • III.1.  Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
    • III.2.  Ante la ausencia de pruebas en acciones de libertad, corresponde denegar la tutela
    • si bien la acción de libertad no requiere mayores formalidades para ser interpuesto, no es menos evidente que la parte accionante debe acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones que formula, a objeto de lograr sus pretensiones, puesto que corre por su cuenta la carga de demostrar la existencia del o los actos lesivos que estima hayan restringido sus derechos y garantías constitucionales, puesto que no puede dictarse una Resolución concediendo la tutela cuando no se constata la vulneración denunciada, precisamente por falta de pruebas en las que el Tribunal de garantías pueda basar su decisión
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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