SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

II.3.

II.3.  Conminatoria 0013/2014 de 10 de abril, emitido por la Jefa Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social del Beni, dentro del proceso de reincorporación, a denuncia del ahora accionante, determinando lo siguiente: “CONMINA E INSTRUYE al SEÑOR NICOLAS VILLAR BRAVO de la ESTANCIA SANTO TOMAS, para que en el plazo de 5 días a partir de su legal notificación PROCEDAN a la INMEDIATA REINCORPORACION DEL TRABAJADOR JAIME JUSTINIANO CHOQUERE, más el pago de salarios adeudados de 8 meses, devengados desde el momento de su ilegal despido, aguinaldo tradicional, esfuerzo por Bolivia, pago de bonos pre-natal, de natalidad y de lactancia y demás derechos que correspondan a favor del trabajador. Recordándole que el incumplimiento a la presente conminatoria constituye DESACATO, que se encuentra penado por Ley, en el Art. 14 del Decreto Ley N° 2763 de 2 de octubre de 1951, dando lugar a sanciones pecuniarias” (sic) (fs. 3 a 13).