SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0203/2015-S2
Fecha: 25-Feb-2015
III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
La SCP 0007/2015 de 5 de enero, analizó las acepciones de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, señalando que: “De modo general, esta acción tutelar de defensa, no se encuentra regida por el principio de subsidiariedad; empero, como toda regla, admite una excepción cuando la persona, previo a interponer esta acción, tenía a su alcance otras vías ordinarias o medios idóneos de impugnación, más oportunos o eficaces para el restablecimiento de sus derechos supuestamente restringidos, suprimidos o amenazados; en ese sentido, sólo ante el agotamiento de dichas vías ordinarias, es posible recurrir ante esta jurisdicción constitucional, solicitando la tutela que ella brinda.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- una acción de libertad
- Fragmento 11
- III.4.
- CONFIRMAR