SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías mediante Resolución 60/2014 de 15 de agosto, cursante de fs. 22 a 23 vta., denegó, la tutela solicitada en base a los siguientes fundamentos: a) Emergente del proceso penal en contra del hoy accionante, por la supuesta comisión del delito de “violación”, el Fiscal de Materia dispuso expedir mandamiento de aprehensión en su contra, sin especificar su identidad correcta, en audiencia de medidas cautelares se hizo el reclamo respectivo y éste no fue considerado por el Juez a quo, quién dispuso su detención preventiva, el accionante apeló dicha resolución, sin embargo, no se enviaron obrados ante el Tribunal superior, producto de una acción de libertad recién se remitió la apelación en alzada, empero, el recurso fue observado por el Tribunal de alzada y hasta la fecha se encuentra sin subsanarse dicho trámite; b) Los alcances de la acción de libertad se activan cuando “Toda persona que considere que su vida está en peligro, o es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal…”; c) La Presente acción de libertad con referencia a la legitimación pasiva, debió ir dirigida en contra del sujeto, autoridad o particular que causó la vulneración o acto ilegal reclamado o en su defecto en contra de la autoridad que actualmente ocupe el cargo o que pueda reparar dicha vulneración; y, d) Antes de la interposición de esta acción de defensa, debió agotarse todos los medios y recursos idóneos ordinarios. Advirtiéndose que está pendiente de resolución el recurso de apelación incidental.