SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Debido a la animadversión de jueces y fiscales de Riberalta contra el accionante, se excusaron de conocer su caso; por lo que, el asunto fue trasladado ilegalmente hasta el Juzgado de Guayaramerin; es decir, que fue trasladado hasta otra ciudad, con la agravante que la audiencia se llevó a cabo un día domingo, audiencia que se suspendió varias veces y culminó recién en horas de la noche, con el resultado lamentable que el ahora Juez demandado a través del Auto 54/2014 de 24 de agosto, emitió una decisión injusta e ilegal que vulnera el derecho a la vida y la libertad del ahora accionante Joaquín Iriarte Gastelú.

La autoridad demandada, conociendo la condición de Juez del accionante, que cumplía detención domiciliaria, asistiendo regularmente a su trabajo, que adolece de un delicado estado de salud y que demostró su sometimiento a un proceso que duró más de diez años, sin haber huido u obstruido a la averiguación de la verdad, le impuso la peor medida cautelar de carácter personal de detención preventiva, en una cárcel tan o más peligrosa que la de Riberalta, donde guarda detención compartiendo celda con diez reos, de los cuales dos fueron acusados por el delito de violación, tres por asesinato, varios por narcotráfico, entre los cuales uno de ellos se encuentra con proceso abierto en el Juzgado del ahora accionante, lo que implica el riesgo que corre su vida, más aun cuando se encuentra alejado de su domicilio y fuente laboral, prácticamente incomunicado, amedrentado y amenazado por los numerosos reos que pueden agredirle o incluso matarle, debido a una detención indebida, innecesaria y temeraria, dispuesta por el Juez demandado.