SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
Daniel Rolando Copa Roque
Daniel Rolando Copa Roque, Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, mediante informe prestado en audiencia manifestó que: Este es un proceso que se está siguiendo en Salinas de Garci de Mendoza, pero sin embargo tiene su inicio también en Challapata donde se han ido señalando las audiencias respectivas, tal como se les fue solicitando, así se señaló para el 13 de junio de 2014, suspendiéndose debido a que todavía no estaba adjunta la apelación que había efectuado el imputado ahora accionante, posteriormente se señaló otra para el 27 de junio del mismo año, empero en ese momento todavía no estaban notificados con la vacación judicial. Una vez retornando de esta vacación se fijó la audiencia para el 25 de julio del referido año; sin embargo, refiere que fue notificado el 23 de julio de 2014, con el memorándum de rotación y ese mismo día también se lo notificó con una disposición administrativa por la cual se remite toda su documentación para elaboración de sus planillas, por lo que a partir del señalado -25 de julio-, dejó de ser Juez de Salinas de Garci de Mendoza, constituyéndose en Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Víctor Javier Coria Mendieta
- Daniel Rolando Copa Roque
- Gladys Ramos Martínez
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Acción de libertad traslativa o de pronto despacho y causas justificables para no llevar adelante las audiencias de consideración de cesación de detención preventiva
- Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad
- 1)
- REVOCAR en todo