SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
Gladys Ramos Martínez
Gladys Ramos Martínez, Actuaria del Juzgado de Instrucción, Mixto y Liquidador en lo Penal de Salinas Garci de Mendoza, provincia Ladislao Cabrera del departamento de Oruro, mediante informe cursante de fs. 19 y vta., manifestó que: En virtud a la designación del Daniel Copa Roque, como Juez Primero de Instrucción Cautelar de la Capital, a partir del 28 al 31 de julio de 2014, no se hizo presente nadie ni se apersonó al Juzgado el Juez titular o suplente, como tampoco recibió ninguna información sobre la designación de autoridad suplente para esa localidad.
Señala que el 1 de agosto de 2014 a horas 10:00, recibió una llamada vía celular del Juez de Huari, Víctor Hugo Coria Mendieta, en el sentido de que en minutos antes habría sido notificado vía también celular como juez suplente de Salinas de Garci de Mendoza, dónde además se conversó de la audiencia fijada para ese mismo día. Sin embargo, refiere que se vio imposibilitada de traer el expediente o cuaderno de control jurisdiccional, porque existen dos horarios de salida a la ciudad de Oruro, uno a horas 11:00 y otro a horas 13:00, y el tiempo de viaje es de seis horas, esto por una parte y por otra porque no se habrían cumplido con las formalidades de ley como es la notificación al Fiscal de Challapata y finalmente porque también se encuentra cumpliendo las funciones de “Notaria de Fe Pública de Segunda Clase” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Víctor Javier Coria Mendieta
- Daniel Rolando Copa Roque
- Gladys Ramos Martínez
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Acción de libertad traslativa o de pronto despacho y causas justificables para no llevar adelante las audiencias de consideración de cesación de detención preventiva
- Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad
- 1)
- REVOCAR en todo