SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
II.4.
II.4. El 22 de noviembre de 2013, por Resolución de Recurso Jerárquico 632/2013, interpuesto por Rosió Ángela Paz Aliaga, Christian Urquidi Zurita y José Luís Estrada Castro, Alba Mamani Copa, Noemí Leydi Siñani, Maribel Vedia Hurtado, Jhoselin Jhulieth Reinaga Claros, contra la RA 010/2013, el Vicerrector de la Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre”, resolvió revocar y modificar la RA 010/2013 venida en grado de recurso jerárquico, en su lugar dispuso: sancionar a Rosió Ángela Paz Aliaga, Alba Mamani Copa, Noemí Leydi Siñani, Maribel Vedia Hurtado, Jhoselyn Jhulieth Reinaga Claros, Christian Urquidi Zurita y José Luís Estrada Castro, con la suspensión de toda actividad académica y del Departamento de Instrucción que se desarrolle durante la gestión 2013, por haber contravenido su conducta las disposiciones establecidas en el Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL; así como, el Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial (SEP), debiendo retomar sus actividades académicas y de instrucción policial, correspondiente al inicio de la gestión 2014, quedando encargados de sus cumplimiento el Departamento de Seguimiento y Evaluaciones de la ANAPOL (fs. 14 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control tutelar de constitucionalidad y el resguardo a derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho a la educación
- El Estado garantizará el acceso a la educación y la permanencia de todas las ciudadanas y los ciudadanos en condiciones de plena igualdad
- "…el derecho a recibir instrucción y el derecho a la educación -salvando las diferencias de ambas categorías conceptuales- implican que la persona tiene la potestad de acceder al conocimiento, la ciencia, la técnica y los demás bienes y valores de la cultura, pero, además, recibirla de modo que al existir un sistema nacional de instrucción, enseñanza, aprendizaje o educación, el núcleo esencial de esos derechos no esta tan sólo en el acceso a dicho sistema, sino también a la permanencia de ese sistema
- Estado Plurinacional de Bolivia está basado en el respeto e igualdad
- El Estado se sustenta en los valores
- establece en su preámbulo la igualdad de derechos de todos los hombres y mujeres que conforman la familia humana, a fin de brindarles protección
- la igualdad
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder en parte
- CONFIRMAR en todo