SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
El art. 128 de la CPE, consagra a la acción de amparo constitucional, como aquella acción que tiene lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley; acción tutelar que conforme lo establece el art. 129.I de la misma Norma Suprema, dispone que puede ser interpuesto por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución Política del Estado, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
Asimismo, la SCP 1472/2014 de 16 de julio, estableció que: “La acción de amparo constitucional como mecanismo de protección inmediata de derechos fundamentales, se constituye en esencia en la acción de tutela de carácter preferente, caracterizada por su sumariedad en su tramitación y tiene lugar cuando estos derechos resulten ser vulnerados o amenazados por acción u omisión de autoridad pública o particular.
Dentro de la Constitución Política del Estado, se encuentra reglada como garantía en el art. 128, indicando que: ‘La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
Asimismo el Código Procesal Constitucional (CPCo), en su art. 51, señala que: ‘La Acción de Amparo Constitucional tiene el objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir’”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los contratos a plazo fijo y la inamovilidad laboral de progenitores a cargo de hijos menores de un año
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en todo