AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2015-CA
Fecha: 16-Mar-2015
II.3. Análisis del caso concreto
Dentro del proceso administrativo sancionatorio, se demanda la inconstitucionalidad del art. 28 de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar; las Resoluciones Regulatorias 01-00008-13; 01-00005-12; y, 01-00005-14, emitidas por AJ, por ser presuntamente contrarias a los arts. 9, 14, 46, 115.II, 116.I, 117.I, 180.II y 410 de la CPE; y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Respecto a la exigencia de plantear la acción dentro de un proceso judicial o administrativo en curso, se evidencia que fue cumplida por la Sociedad accionante, puesto que pesa en su contra proceso administrativo ante la AJ, pendiente el pago para interponer el recurso de revocatoria, por la presunta comisión de la infracción grave prevista en el art. 28.I.3 inc. i) de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar, concordante con la Resolución Regulatoria 01-00005-11 de 10 de junio de 2011, por haber desarrollado promociones empresariales no autorizadas por la AJ; dentro del cual, se emitió la Resolución Sancionatoria 10-00008-15 de 21 de enero de 2015 (fs. 58 a 69).
- el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ),
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- al art. 28 de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar
- RATIFICAR